La presente comunicación tiene como objeto principal abordar la regulación de la libertad de imprenta en la primera Constitución Española de 1812 y a las críticas realizadas por los diferentes autores reaccionarios europeos a las constituciones escritas y a la libertad de imprenta en particular; especialmente Karl Ludwig von Haller.
El estudio del panfleto de Karl Ludwig von Haller resulta de interés por cuanto supone la relectura contrarrevolucionaria de un texto que supuso el primer paso en el constitucionalismo liberal español. El Análisis de la Constitución Española se desarrolla como un folleto relativamente breve que expresa el pensamiento antiliberal de un determinado período y que nos permite adentrarnos en el estudio de las claves que introdujo el proceso constitucional a finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX. El publicista suizo elabora un discurso critico con la libertad de imprenta por cuanto considera que la misma está destinada únicamente a propagar las ideas liberales de la “secta impía” frente al orden natural de las cosas dada por Dios, contraviniendo los valores heredados del Antiguo Régimen.
Esta relectura permite comprender no solo el pensamiento político coetáneo a la redacción de la primera Constitución, sino que también nos aproxima a la tecnica jurídico constitucional que debió utilizar el Constituyente para tratar de salvaguardar la constitución doceañista debido a los riesgos que se cernian sobre la misma y que finalmente concluirá con la ausencia de su vigencia.
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Luis Carlos Castro Vizcarra
Comentó el 31/05/2022 a las 19:44:33
Excelente tema, la constitución de 1812 sin lugar a dudas es un documento muy importante para nuestros países (México y España), fue una constitución muy avanzada para sus tiempos. Mi pregunta sería: desde tu punto de vista, ¿Deberían de existir ordenamientos internacionales para evitar la previa censura por parte de entes privados, como lo que está sucediendo en Twitter y el discurso de apertura que maneja Elon Musk en la reciente adquisición de dicha plataforma?
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Isabel Graes
Comentó el 19/05/2022 a las 17:21:02
Estimado Señor Profesor Jesús Jimeno-Borrero,
Le agradezco y felicito por su ponencia. Menciona Usted el tribunal de jurado como entidad competente para juzgar los delitos de opinión. Así y teniendo en cuenta la proximidad entre los ordenamientos jurídicos portugués y español, y también entre los temas de nuestras ponencias, le pregunto cuál fue la importancia de este juicio para este tipo de causas. Muchísimas gracias. Con un cordial saludo,
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Jesús Jimeno-Borrero
Comentó el 20/05/2022 a las 11:51:08
Estimada Isabel, la realidad es que el tribunal del jurado para este tipo de procedimiento no pudo llegarse a aplicar en España debido a que la Constitución de 1812 y la legislación secundaria que trajo aparejada apenas estuvo en vigor salvo el conocido Trienio Liberal. Muchas gracias y un saludo.
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Salud Adelaida Flores Borjabad
Comentó el 18/05/2022 a las 20:09:32
Buenas tardes,
En primer lugar felicitarle por su ponencia. A la luz de su análisis me surge la siguiente duda. No estaríamos en el siglo XXI ante una nueva época de limitación de "libertad de imprenta", entiéndase la analogía, por la limitación de libertad de publicación en redes e internet de ciertas opiniones o corrientes políticas. La censura previa o el introducimiento de ruido informativo o exclusión de los buscadores de cierta información. No sería una nueva forma de limitar ese derecho de libertad de imprenta "digital" que ahora goza de él cada ciudadano. Muchas gracias. Un cordial saludo.
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Jesús Jimeno-Borrero
Comentó el 19/05/2022 a las 12:02:50
Buenas tardes Salud, pues creo que llevas razón en tu comentario. Creo que en la actualidad existen diferentes formas o medios para la censura y que además se realiza de forma más tamizada que en épocas históricas anteriores. Por otra parte, la censura o el ruido se está llevando a cabo desde todo el arco ideológico y los diferentes nacionalismos, a diferencia de la dictadura franquista donde era el nacionalcatolicismo el encargado de velar por la exclusión de determinadas noticias, fotografías o películas. Gracias y un saludo.
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